Trigésima sexta píldora histórica contra el coronavirus

Buenas a todos. Espero que sigáis bien.
Hoy os traigo la dosis de historia número 36. Mucho ánimo,
Celia (:

PÍLDORA DE HISTORIA CONTRA EL CORONAVIRUS (36) 

LA DEHESA DE SANTIBÁÑEZ 

1243. Propiedad de la Encomienda de Alange 
A partir del siglo XIII, entre el año 1243 y 1245, el castillo de Alange es conquistado por la Orden de Santiago bajo orden de Fernando III de Castilla, estableciéndose una encomienda en su proximidad. 

Alange era la villa cabecera de la Encomienda de su mismo nombre, a la que pertenecían como aldeas secundarias La Zarza y Villagonzalo. Dicha Encomienda era la propietaria de las tierras y las dehesas, así como de sus beneficios y rentas, además poseía otros edificios como los molinos, hornos, pesquerías, etc., que eran arrendadas a los vecinos que la poblaban, constituyendo una importante fuente de ingresos. 

Después de haber conseguido Villagonzalo constituirse como villa independiente, la Encomienda continuó siendo propietaria de la dehesa de Santibáñez, la finca de Las Norias y la finca de Las Majadillas, todas ellas en este término municipal. 

1493. Propiedad de la Corona de España 
A la muerte del último maestre de la Orden de Santiago, don Alonso de Cárdenas en el año 1493, se produce la incorporación del Maestrazgo a los Reyes Católicos, quienes lograron quedarse con todas las propiedades a perpetuidad, por lo que la dehesa de Santibáñez pasa a ser de la Corona de España. 

En 1807, en un asiento realizado en el libro de Protocolos Notariales se dice que la dehesa de Santibáñez era disfrutada por el Marqués de Castelar y sus tierras eran arrendadas a los vecinos de Villagonzalo.  

(1)“Pedro Moreno, vecino y labrador de esta Villa; ante un Señor compañero en vara según corresponda parezco y digo: Ya le consta que por hacer bien a los labradores y demás vecinos que cultivan la Dehesa de Santiváñez que disfruta el Excmo. Sr. Marques de Castelar, me propuse tratar de su nuebo arriendo y se verifico con formal escritura en nueve de Abril último con don Alonso Pacheco administrador de su Excelentísima.” 

(1) Libro de Protocolos Notariales de la Villa. 1807 

1837. Pasa a propiedad de particulares 
En 1836 comienza el llamado proceso de la “Desamortización de Mendizábal” que, ante la necesidad y conveniencia de disminuir la deuda pública de España, pone a la venta los bienes raíces que han venido a ser propiedad de la Corona, entre ellas la de esta dehesa. 

Los principales artículos del Decreto recogían las reglas del procedimiento de desamortización de bienes. 
  • Los bienes se venderán en pública subasta al mejor postor, que se celebrará simultáneamente en Madrid y en la provincia donde radiquen los bienes. El precio final se hará público para su comprobación por los interesados de que el remate final se ha hecho realmente al mejor postor. 
  • Todas las fincas rústicas se dividirán en el mayor número de partes posible y se venderán de modo independiente, sin menoscabo de su valor o sin grandes dificultades para su pronta venta. Para ello, el Ayuntamiento donde radique la finca nombrará una comisión de expertos en labranza, que aconseje o no tal división de la finca. 
  • La tasación de la finca se llevará a cabo por peritos nombrados al efecto. 
  • El pago se podrá realizar en Deuda consolidada o en dinero en efectivo, en 5 plazos anuales. 

En julio de 1837, se publicó en el (2)Boletín Oficial de la Provincia de Badajoz la tasación de las 300 fanegas de tierras de labor y pasto pertenecientes a la dehesa de Santibáñez con el fin de proceder a su desamortización, comunicándose que la subasta pública de venta se celebraría a partir del día 23 de septiembre, día de San Miguel, fecha que marcaba el final del año agrícola y en la que finalizaban los arrendamientos de tierras. 

(2) Boletín Oficial de la Provincia de Badajoz nº 79. Martes, 4 de julio de 1837 

La dehesa salió a subasta de compra dividida en 15 suertes de veinte fanegas, y cada una de ellas con un valor estimativo de compra de 13.200 reales. El objetivo que se perseguía con la división en lotes era que fueran compradas o arrendadas por varios interesados. 

También había una cláusula en la subasta diciendo que, en caso de no concurrir ningún comprador interesado, se anunciaría subasta de arrendamiento por importe de 396 reales al año.  

El primer intento de subasta no fue considerado válido por motivo de no haberse observado la celebración de la doble subasta simultánea en la provincia y en Madrid. El verdadero motivo fue que, en las primeras subastas, los posibles compradores se ponían de acuerdo para no concurrir y así obtener las propiedades y tierras a precio de ganga. 

En el (3)Boletín Oficial de la Provincia de Badajoz vuelve a ser anunciada una nueva subasta a celebrarse el día 6 de agosto, en las casas consistoriales de Badajoz entre las diez a las doce de la mañana. Cada suerte con un precio de salida de 8.000 reales en venta y 240 reales en renta, es decir, una rebaja aproximada del 40%.  

(3) Boletín Oficial de la Provincia de Badajoz nº 84. Martes, 15 de julio de 1837 

Una vez celebrada esta segunda subasta, cada una de las 15 suertes fueron adjudicadas por un importe de 1.886 reales. Si la Real Hacienda tenía previsto 
inicialmente obtener 198.000 reales, se tuvo que conformar con 28.290 reales, un 14% de su valor inicial de compra.  

¿Quiénes las compraron? 
Don José María López adquirió ocho suertes por una cantidad total de 15.020 reales. Las siete suertes restantes fueron adjudicadas y compradas por Don Juan Pascual Sama por un precio total de 13.200 reales. Ambos forasteros, ya que ningún vecino del pueblo pudo adquirir alguna de las suertes. 

Dichas fincas son conocidas actualmente por el nombre de Santibáñez de Arriba y Santibáñez de Abajo. 

Los primeros cultivos de regadío 
En la década de los años 50 comienzan en estas dos fincas las obras de instalación de las infraestructuras necesarias para poner varias hectáreas de regadío.  

En 1954, a don Manuel Pérez Poyo, propietario de Santibáñez de Arriba, se le autorizó por parte de la Delegación de Industria de la provincia de Badajoz, la instalación de un ramal eléctrico y un centro de transformación para dotar de energía eléctrica a las instalaciones de riego. 

(4)“Un ramal eléctrico a 10.000 vóltios y una longitud de 720 metros que partiendo del poste número 33 de la línea Cortijo de Santibañez –de la empresa Viuda e Hijos de Jacinto Guillén- llegue a una instalación de riegos existentes en dicha finca, en las proximidades del río Guadiana. Caseta de 3x2,50 metros de dimensiones interiores y 7 metros de altura, con transformador de 40 kva. Y 10.000/220-127 voltios.” 

Un año más tarde, es la Confederación Hidrográfica del Guadiana quién autoriza a doña Ana Pérez Izquierdo, propietaria de la finca Santibáñez de Abajo, la concesión de 132 litros de agua por segundo durante ocho horas diarias del río Guadiana, para el riego de 45 hectáreas de la citada finca de su propiedad, realizando las siguientes obras: 

(5)“Se proyecta el riego total de la finca, mediante dos elevaciones mecánicas, del río Guadiana, con red de acequias independientes. La instalación de elevación “A”, con un caudal de 52,80 litros por segundo, verterá directamente en una arqueta de distribución, de donde arranca la red de acequias proyectada. La instalación de elevación “B”, con un caudal de 78,50 litros por segundo, verterá en la red de acequias a través de una tubería de impulsión. Para ambas elevaciones se proyecta caseta para alojamiento de grupos moto-bomba y transformación anejo. Las captaciones se prevén para dos elevaciones, con tubo de alcantarillado, situado un metro por debajo del nivel de aguas mínimas. 

(4) Boletín Oficial de la Provincia de Badajoz.  Julio de 1954 
(5) Boletín Oficial de la Provincia de Badajoz.  Mayo de 1955 

Se proyecta la red de acequias, todas de tipo rectangular y capacidades variables, de acuerdo con la superficie dominada por cada una, así como desagües y caminos.” 

En 1958, la Confederación Hidrográfica del Guadiana autoriza a don Manuel Pérez Poyo la concesión de un aprovechamiento de aguas derivadas del río Guadiana con destino a riegos en finca de su propiedad. 

(6)“Se le concede a don Manuel Perez Poyo autorización para derivar, mediante elevación, un caudal unitario de 0,8 litros por segundo y hectárea, equivalente a un total de hasta 49 litros por segundo del río Guadiana, con destino al riego de 60 hectáreas, 90 áreas  y 71 centiáreas en finca de su propiedad denominada “Santibañez de Arriba”, sin que pueda derivarse un volumen superior a los 8.000 metros cúbicos por hectárea realmente regada y año.” 

(6) Boletín Oficial de la Provincia de Badajoz.  Marzo de 1958 

Y así dieron comienzo los cultivos de algodón y tabaco para pasar a los frutales de los años 70 y 80, cultivos sociales que dieron trabajo a cientos de jornaleros hasta llegar a la actualidad con los cultivos de maíz y tomate, ya muy mecanizados. 

Francisco Sánchez García 
Cronista Oficial de la Villa 

En la recolección de algodón en la finca de Santibáñez de Abajo 

En la recolección de algodón en la finca de Santibáñez de Arriba 

Fincas afectadas por la desamortización de Mendizábal y administradas por el Marqués de Castelar   

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